Bases de ayudas de emergencia para microempresas y autónomos pertenecientes al sector del comercio minorista del municipio de Burgos
Ante la crisis sanitaria y económica originada por la pandemia del Covid-19, el Excmo. Ayuntamiento de Burgos ha regulado las Bases de ayudas de emergencia para microempresas y autónomos pertenecientes al sector del comercio minorista de Burgos que se han visto obligados a cerrar en virtud del art. 10 Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria por el COVID-19, modificado por el RD 465/2020, de 17 de marzo.
Podrán resultar beneficiarios de la prestación aquellas microempresas (sociedades mercantiles, civiles, comunidades de bienes y cooperativas) y personas físicas que realicen una actividad de forma habitual, personal, directa y por cuenta propia a título lucrativo en el sector del comercio minorista y cuyo domicilio fiscal se encuentre en el término municipal de Burgos y que reunan los requisitos especificados en el apartado 4.2 de la Base cuarta de las Bases reguladoras del procedimiento.
Plazo y forma de presentación de solicitudes: Ver Base Octava.
Las solicitudes se formalizarán conforme a instancia normalizada/declaración responsable, tal y como se recoge en el Anexo I) y se presentarán :
- Mediante el envío telemático de los datos a través del Registro Electrónico Común (REC – Red SARA): https://rec.redsara.es , así como los restantes registros electrónicos del sector público que así lo permitan.
- A través del Registro Municipal del Ayuntamiento de Burgos.
- En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
- El Ayuntamiento de Burgos podrá habilitar Centro Cívicos u otras dependencias municipales para la presentación de solicitudes. En este caso, se publicará el listado de centro y su horario en la página web http://www.aytoburgos.es/comercio-y-consumo/comercio/ayudas-y-subvenciones
- A través del resto de sitios habilitados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
NOTA IMPORTANTE:
Se ha publicado listado requerimiento subsanación de defectos. Plazo de presentación subsanaciones: del 14/12/2020 al 29/12/2020.
Se ha publicado propuesta de resolución provisional. Plazo de presentación de alegaciones del 10/02/2021 al 23/02/2021
Remitimos a comercio.