Consejos Sectoriales
Son órganos de participación, de naturaleza consultiva, informativa y asesora en el ámbito municipal.
La finalidad y objetivo de los Consejos Sectoriales es la de facilitar la participación de los ciudadanos y canalizar la información de las entidades asociativas en los asuntos municipales de materias concretas.
Cada área municipal propondrá la creación de su Consejo de Área o de los Consejos Sectoriales que en el ámbito de sus competencias considere convenientes. Es competencia del Pleno de la Corporación Municipal la constitución de los Consejos Sectoriales o de Área.
Funciones:
a.- Presentar iniciativas, sugerencias y propuestas para ser debatidas en las Comisiones Informativas municipales correspondientes.
b.- Proponer soluciones a problemas del sector de actividad a que se refiera el correspondiente Consejo Sectorial.
c.- Colaborar en los estudios y elaboración de programas, proyectos y disposiciones generales del sector.
d.- Asesorar la elaboración del programa de actuación y presupuesto del sector o área correspondiente.
e.- Informar al Ayuntamiento a requerimiento de éste.
Se regirán por lo dispuesto en el Reglamento de Participación Ciudadana y Reglamento de Consejos Sectoriales. Tendrán además su propio Reglamento de funcionamiento.
A continuación puede acceder a los documentos oficiales de los reglamentos de los diferentes Consejos Sectoriales creados.