Según el artículo 46 del Decreto legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León , cuando se transmitan actividades o instalaciones que cuenten con licencia será precisa la previa comunicación de dicha transmisión al Ayuntamiento competente.
A través de este procedimiento el Ayuntamiento obliga a los propietarios a realizar las obras necesarias para conserva o reponer los bines inmuebles en las condiciones derivadas de los deberes de uso y conservación, de adaptación al ambiente, o para garantizar los derechos de accesibilidad de las personas.
En la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Burgos, en el Registro General del Ayuntamiento de Burgos o en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Información sobre el procedimiento de acceso a la tramitación
A través de la Sede Electrónica o de forma presencial, en las oficinas correspondientes.
- Documentación requerida
-
- Solicitud
- Documentación de representación
-
- Acreditación de la representación
- Documento de identidad de la representación
- 3 meses