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Registro de Instrucciones Previas de Castilla y León

Registro de Instrucciones Previas de Castilla y León
Datos

¿Qué es el documento de instrucciones previas?

Es un documento que recoge los deseos expresados, de forma anticipada, por una persona sobre los cuidados y tratamientos de salud que desea recibir para que sean tenidos en cuenta por el médico o por el equipo sanitario responsable de su asistencia en aquellos momentos en los que se encuentre incapacitado para expresarlos personalmente. Asimismo, en dicho documento puede expresar su voluntad sobre el destino de su cuerpo o de sus órganos una vez llegado su fallecimiento.

¿Quién puede hacerlo?

Puede realizar un documento de instrucciones previas cualquier persona mayor de 18 años, capaz y que actúe libremente.

¿Cómo se formaliza?

Existen tres vías:

    ante notario ante testigos: que no deben tener vínculos familiares, patrimoniales o profesionales con el firmante. ante un funcionario de la Administración Pública: puede hacerse en la sede de la unidad encargada del Registro de Instrucciones Previas de Castilla y León, o bien, su responsable se desplaza fuera de ella siempre que, en ambos casos, se haya solicitado cita previa con el personal del Registro.

Registro Nacional: Existe la posibilidad, aunque no es obligatorio, de incluir el documento en el registro nacional. La ventaja de hacerlo es que en el caso de sufrir un accidente fuera de la Comunidad los profesionales sanitarios que atiendan a la persona que pueden conocer sus instrucciones.

Observaciones

Decreto 30/2007, de 22 de marzo, por el que se regula el documento de instrucciones previas en el ámbito sanitario y se crea el registro de instrucciones previas de Castilla y León.

Modelo orientativo de Instrucciones previas