La ITE es una Inspección obligatoria y periódica que deben pasar todos los edificios de más de 40 años, cada 10 años, situados en el término municipal de Burgos, con el fin de:
- Evaluar periódicamente el estado de conservación de los edificios y el cumplimiento de los deberes urbanísticos de uso, de dotación de servicios y de conservación
- Determinar las obras y trabajos de mantenimiento precisos para cumplir los deberes urbanísticos anteriores
El interesado o su representante.
NOTA: En el caso de que los propietarios configuren como COMUNIDAD DE PROPIETARIOS, al ser una persona jurídica son obligados electrónicos y por lo tanto todas las actuaciones deben llevase a cabo mediante TRAMITACIÓN ONLINE
En la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Burgos, en el Registro General del Ayuntamiento de Burgos (exclusivamente para propietarios que sean personas físicas) o en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Información sobre el procedimiento de acceso a la tramitación electrónica:
El propietario de la vivienda (o comunidad de propietarios) debe contactar con un técnico competente para que lleve a cabo la inspección técnica del edificio.
El técnico certificará el resultado de la inspección y realizará un informe.
- En caso de ser favorable, el propietario presentará el Modelo de solicitud de inscripción en Registro ITE junto con el informe y el certificado ITE, así como el certificado de eficiencia energética.
- En caso de ser desfavorable, se presentará el Modelo de solitud de inscripción en Registro ITE junto con el informe y el certificado ITE y el propietario se compromete a realizar las obras necesarias.
Una vez realizadas se deberá entregar en el Ayuntamiento el Certificado de deficiencias subsanadas
NOTA: Se entiende por técnico competente para realizar una inspección, aquel técnico que tenga competencias atribuidas por la LOE para la proyección, dirección de obra o dirección de ejecución atendiendo al uso del inmueble.
DOCUMENTACIÓN GENERAL:
- Solicitud de inclusión en el registro ITE
- Documento de identidad del interesado
DOCUMENTACIÓN TÉCNICA:
- Certificado ITE
- Informe técnico ITE
- Certificado de eficiencia energética
- Declaración responsable de técnico competente para la presentación de documentación sin visar
- Certificado de deficiencias subsanadas
DOCUMENTACIÓN CUANDO EXISTE REPRESENTANTE:
- Autorización de la representación
- Documento de identidad del representante
Antes del 31 de diciembre del año del padrón del edificio