-El Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades, aprobado por Real Decreto 2568/1986 reconoce a los Ayuntamientos la facultad de premiar especiales merecimientos oservicios extraordinarios prestados al Municipio por personas, entidades e instituciones. Estos premios sonmeramente honoríficos, sin que puedan suponer ningún derecho económico, ni administrativo, más allá del prestigio y la consideración de la colectividad.
Así, el artículo 191 de dicho Reglamento establece que los requisitos y trámites necesarios para la
concesión de honores y distinciones se determinarán en Reglamento Especial.
-El Ayuntamiento de Burgos aprobó inicialmente el Reglamento de Honores y Distinciones, quedando elevado a definitivo y publicado su texto íntegro en el BOP de Burgos de fecha 17 de octubre de 2014.
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21/05/2025 REGLAMENTO DE HONORES Y DISTINCIONES DEL EXCMO AYUNTAMIENTO DE BURGOS
Apertura de la información pública durante 30 días del nuevo Reglamento de Honores y Distinciones del Ayuntamiento de Burgos.
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