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Declaración de obra menor

Declaración de obra menor

Según el artículo 46 del Decreto legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León , cuando se transmitan actividades o instalaciones que cuenten con licencia será precisa la previa comunicación de dicha transmisión al Ayuntamiento competente.

A través de este procedimiento se tramitan las obras menores, siendo aquellas en que por su escasa complejidad o nivel técnico no se compromete, ni directa ni indirectamente, la seguridad de personas y bienes.
Unidad responsable
Sección de obras
¿Dónde se puede solicitar?

En la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Burgos, en el Registro General del Ayuntamiento de Burgos  o en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Información sobre el procedimiento de acceso a la tramitación electrónica:

  1. Declaración de obra menor
¿Cómo se realiza?

A través de la Sede Electrónica o de forma presencial, en las oficinas correspondientes.

Documentación
Documentación requerida
  • Solicitud.
  • Fotografía/s en las que se aprecie el estado del edificio antes de la intervención.
  • Cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 30.000 euros, deberá acreditarse que se han solicitado, con carácter previo a la contratación de las obras, al menos tres presupuestos para la ejecución de las mismas.
  • En caso de que se realicen exclusivamente las obras de conservación y mantenimiento de miradores y galerías será suficiente la presentación del presupuesto detallado del contratista de las obras.
  • Certificado original bancario de la cuenta en la que se realizaría el ingreso de la ayuda y que debe estar a nombre del beneficiario.
  • Proyecto técnico y nombramiento de la dirección facultativa, visado por el colegio profesional en caso de ser preceptivo, presupuesto detallado y desglosado por capítulos de las obras objeto de la subvención.
  • En caso de obras que por su escasa entidad no precisen de proyecto, este se sustituirá por un certificado o informe técnico, con la documentación necesaria para definir las obras y su presupuesto detallado.
Documentación de representación
  • Acreditación de la representación.
  • Documento de identidad de la representación.