Consulta en el mapa las paradas de taxi que hay en nuestra ciudad.
Título | Descripción | Unidad Responsable | Tipo Tramitación |
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Reglamento Municipal del servicio urbano de Taxi | Es objeto del presente reglamento la regulación del transporte de viajeros en taxi en el término municipal de Burgos, actividad que ostenta la calificación de servicio de interés público. Los servicios a que se refiere este reglamento son los exclusivos que prestarán los denominados taxis. Vehículos que prestan servicios medidos por contador taxímetro en todo el término municipal. |
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Solicitud de Licencias de Taxis y Transmisión de Licencias | La licencia de taxis permite efectuar transporte de viajeros en vehículos particulares. |
Oficina de Movilidad | Presencial |
Trámite de matriculación de taxi | Matriculación de un coche para un servicio de Taxi. |
Oficina de Movilidad | Presencial |
Solicitud de tarjeta para el Sistema de Control de Accesos de Vehículos al Centro Histórico de Burgos | El Sistema de Control de Accesos tiene como objetivo preservar las zonas monumentales de la presencia de vehículos, garantizando la seguridad de residentes y visitantes. La tarjeta permitirá acceder a los usuarios a los diferentes sectores y calles peatonales. La tarjeta da derecho a entrar pero no a estacionar. A todos los usuarios del sistema se les facilitará una autorización que deberá ser visible en el vehículo. |
Sección Administrativa de Policía Local - Negociado de Tráfico | Presencial/Sede Electrónica |
Ordenanza de movilidad sostenible | Su finalidad es conseguir una movilidad urbana cada vez más sostenible, más segura, más equitativa y menos contaminante. Las condiciones de movilidad podrán ser mejoradas mediante actuaciones tales como reducción de velocidades, redistribución del uso del espacio público, la disminución de ruidos y emisiones a la atmósfera, etc. La Ordenanza se aprobó inicialmente en sesión del Pleno del Ayuntamiento de 16 de noviembre de 2018, y definitivamente en sesión del Pleno de 20 de diciembre de 2019. Se modifica en el año 2021, donde se establece y publica la redacción vigente.
Posteriormente, el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, en sesión ordinaria celebrada el día 19 de mayo de 2023, acordó aprobar inicialmente la modificación de la ordenanza de movilidad sostenible del municipio de Burgos. En esta modificación, se establece la implantación de la Zona de Bajas Emisiones dentro del municipio de Burgos En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para su examen y, en su caso, presentación de las alegaciones y/o reclamaciones que se estimen oportunas.
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Tarifas urbanas del servicio de taxi 2025
La prestación del servicio de taxi está sujeta a unas tarifas urbanas que se aplican anualmente....
Retour CONVOCATORIA BONO TAXI 2025
CONVOCATORIA QUE REGULA LA CONCESIÓN DE AYUDAS INDIVIDUALES PARA FINANCIAR EL TRANSPORTE ALTERNATIVO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD FÍSICA MEDIANTE LA UTILIZACIÓN DE BONO TAXI (CONVOCATORIA 2025).
Concesión de Ayudas de Bono Taxis.
BASES DE LA CONVOCATORIA DEL AÑO 2025:
Publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos del 23/06/2025.
BENEFICIARIOS:
Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en la presente convocatoria aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos:
- Tener una discapacidad física cuyo grado sea igual o superior al 33%, de acuerdo con la Disposición Transitoria Primera del Real Decreto 888/2022, se 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, que textualmente dispone: “Quienes, con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto, tuvieran reconocido un grado de discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento con arreglo al procedimiento establecido en el Real Decreto 1723/1981, de 24 de julio, o en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, no precisarán de un nuevo reconocimiento. Cuando se realice la revisión de dichas valoraciones, de oficio o a instancia de parte, se aplicará lo previsto en este real decreto”.
- Tener concedido el Baremo de Movilidad Reducida, acreditada mediante el certificado emitido por el Unidad de Valoración y Atención a Personas con Discapacidad de la Junta de Castilla y León, de conformidad con lo dispuesto en el art. 4.3.b) del Real Decreto 888/2022, se 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, que textualmente dispone: “b) La relación exigida entre el grado de discapacidad y la determinación de la existencia de dificultades de movilidad para utilizar transportes colectivos a que se refiere el artículo 25.1.b) del Real Decreto 383/1984, de 1 de febrero, se fijará por aplicación del Baremo de Evaluación de las Capacidades / Limitaciones en la Actividad (BLA) que figura dentro del anexo IV. Cuando una vez evaluadas todas las actividades, el porcentaje de limitación obtenido en el dominio de movilidad asigne una limitación final de movilidad igual o superior al veinticinco por cien se determinará quela persona tiene movilidad reducida y dificultades de movilidad para utilizar transportes colectivos.”
- Tener una Renta per Cápita anual inferior a cuatro veces el IPREM establecido en el ejercicio 2.024 (8.400,00 €).
No podrán tener la condición de beneficiario las personas:
- Que, aun cumpliendo los requisitos establecidos en el punto 4.1, sean titulares de más de un vehículo.
- En quienes concurran alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
- Que tengan deudas pendientes en la recaudación municipal en periodo ejecutivo.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS:
Treinta días naturales a partir del siguiente a su publicación en el B.O.P.
LUGAR DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS:
Registro General del Ayuntamiento de Burgos (Plaza Mayor de Burgos); o en cualquiera de los lugares señalados en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas..
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
- Solicitud según modelo oficial en el que se indiquen los bonos solicitados sin que puedan exceder de las prestaciones máximas que correspondan en aplicación de las bases de esta Convocatoria (Anexo I).
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del solicitante y en su caso del representante legal.
- Certificado emitido por el órgano competente del importe anual de los rendimientos del trabajo, pensiones percibidas tanto contributivas y/o no contributivas, o cualquier otra prestación percibida por cualquiera de los miembros de la unidad familiar de convivencia, en el ejercicio 2024.
- Declaración Responsable (Anexo II).
Mas Información:
Oficina de Movilidad sita en Calle Barrio Gimeno s/n (Antigua Universidad de Relaciones Laborales).
Teléfono: 947 28 87 40